Si tienes atrasos considerables en el pago de algún préstamo, es muy probable que recibas llamadas telefónicas a tu domicilio o incluso en tu móvil pidiéndote que pagues. Este acoso es totalmente ilegal y en algunos casos, la solicitud para ponerte al corriente será amable, pero en otros, incluso podrás recibir amenazas y las llamadas incluso pueden presentarse fuera de horario laboral y en días de descanso.
Cuando una persona ha dejado de pagar, el banco u otro acreedor puede contratar a un privado para que continúe el proceso de recuperación de su dinero. A este tipo de firmas se les conoce como empresas de recobro de deudas.
Antes de entrar en el detalle de cuáles son tus derechos frente a estas empresas de recobro de deudas y cuáles son sus límites, te invitamos a mantener en tiempo y forma el pago de tus créditos, así evitarás complicaciones en tus finanzas personales, mantendrás un buen historial crediticio y no tendrás llamadas inoportunas.
¿Pueden amenazarme los cobradores por teléfono?
La ley española permite que un banco, empresas de suministro al hogar, entre otras que otorgan crédito puede ceder el cobro de tu deuda a un tercero. Sin embargo, esta práctica puede ocurrir siempre y cuando exista un contrato para la gestión del proceso de recuperación del pago y que el usuario haya concedido el uso de sus datos a la empresa a la que le solicitó un préstamo. En ese sentido, las empresas de recobro de deudas deben mantener las siguientes prácticas:
- Dirigirse de manera respetuosa.
- Identificarse como una empresa de recobro de deudas.
- Invitar al moroso a ponerse al día en el pago de sus deudas.
- No abusar de llamadas ni visitas domiciliarias.
- No utilizar amenazas para buscar el pago de una deuda.
- Tener claro los derechos del deudor y buscar el mejor escenario para que en la medida de sus posibilidades retome su plan de pagos.
Lamentablemente, en muchos casos las empresas de recobro de deudas hacen caso omiso de las buenas prácticas que deben aplicar y se exceden en la forma en que se dirigen a los morosos, acosando e incluso amenazando por teléfono, lo cual está totalmente prohibido por la legislación española.
¿Cómo acosan por teléfono las empresas de recobro de deudas?
Al marcar a tu domicilio, aplican insultos, amenazas de prisión, exigencia de pagos, e incluso realizan visitas domiciliarias recurrentes en días no laborables, y llegan a entregar ultimatums por escrito totalmente ilegales por mencionar las prácticas más comunes.
¿Dónde puedo quejarme del acoso telefónico de cobradores?
Si eres víctima de este tipo de acoso, puedes levantar una denuncia en el Juzgado de Guardia Española y en caso de que no hayas otorgado consentimiento para el uso de información personal, puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos.
Recuerda que ningún tipo de estas empresas puede obligarte a pagar. Su trabajo es buscar la conciliación con amabilidad e invitarte a buscar una solución adecuada para que retomes el pago de tu deuda.
¿Cuáles son las empresas de recobro de deudas más conocidas?
Debido a que los acreedores tienen la posibilidad de contratar a terceros para el cobro de un crédito pendiente, entre las empresas más utilizadas en España están:
- Cobratis España
- Intrum
- Iberinform Grupo Crédito y Caución
- Global Recobros
- ISFG
- Acuerdo ETL Global
¿Se puede negociar con una empresa de recobro de deudas?
En caso de tener un préstamo pendiente por pagar, lo mejor que puedes hacer es negociar con el banco u otro acreedor y buscar una solución. Entre más rápido afrontes la problemática encontrarás las mejores condiciones para disminuir la presión en tus finanzas. De lo contrario, el adeudo crecerá a tal grado que se volverá impagable y puede tener repercusiones legales.
También puedes buscar ayuda de profesionales, como una reparadora de deuda, donde expertos analizarán tus condiciones actuales y a partir de un análisis de tu situación económica se diseñará un plan de ahorro y pagos para disminuir la carga en tu bolsillo y puedas incorporarte al sistema financiero.