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Experiencias Ley Segunda Oportunidad

La mayoría de los diarios han recogido las experiencias de los autónomos que se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad para solicitar la exoneración de sus deudas por haber caído en una situación de impago ante sus acreedores y estar en bancarrota, es decir, sin la posibilidad de poder cumplir con su compromiso crediticio. 

Los jueces conceden los beneficios de esta Ley cuando el moroso actuó de buena fe, es decir, que su situación no está vinculada con una conducta fraudulenta e incluso ha perdido la mayoría de sus bienes en su intento por liquidar sus adeudos. 

Sin embargo, también hay casos de particulares que pueden acogerse a esta legislación, especialmente cuando han caído en una situación de sobreendeudamiento por una situación extraordinaria. 

Quienes han compartido en redes sociales y en medios de comunicación sus experiencias con la Ley de Segunda Oportunidad explican que se trata de un mecanismo que les ha permitido rehacer su vida financiera. Sin embargo, es importante acudir con los especialistas en finanzas personales para saber si es una herramienta que acomoda al deudor.  

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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad? 

  1. Es un mecanismo legal dirigido a quienes por circunstancias ajenas a su voluntad son incapaces de hacer frente a su pago, así que al acogerse a este ordenamiento pueden solicitar una cancelación o exoneración de su deuda. 
  2. Es para las personas físicas —tanto particulares como autónomos— que no puedan pagar las deudas contraídas, pero que comprueben que siempre han actuado de buena fe. 
  3. Funciona a través del sistema judicial, esto significa que un juez dictaminará el caso.  

¿Cuáles son los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad?

  • Ser un deudor de buena fe.
  • Que las deudas no superen los cinco millones de euros.
  • Demostrar que no se cuenta con patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas.
  • No ser objeto de un concurso culpable.

Aunque es un procedimiento que técnicamente ofrece al deudor la posibilidad de negociar con sus acreedores, la recomendación es acudir con asesores especializados en finanzas personales que facilitarán el proceso para acogerse a esta ley.

De hecho, la Ley de Segunda Oportunidad modifica la Ley Concursal para habilitar el proceso extrajudicial que permite un plan de pago con los acreedores o incluso negociar la exoneración de parte del adeudo. 

Si los mecanismos previstos en la Ley de Segunda Oportunidad fracasan o no aplican para el moroso, entonces se dará paso a la Ley concursal.

Reparadora de crédito, otra opción 

Cuando un deudor llega a una situación de impago y la  Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) registra que esa persona perdió su capacidad de pago y que ya no es confiable para solicitar nuevos préstamos, entonces una reparadora de crédito seguirá estos pasos:

  • Revisará el caso del deudor. Cada persona cuenta con una situación distinta, por lo que no todos los planes de pago pueden ser iguales. 
  • Buscará un acuerdo con los acreedores. Analizará si esto es posible a través de un proceso judicial o con un acuerdo extrajudicial. 
  • Negociará el pago. Identificará las mejores condiciones para que el deudor pueda pagar un porcentaje menor al que solicitó y también negociará que el acreedor acepte recuperar al menos una parte de lo prestado, en un esquema que beneficie a ambas partes. 
  • Diseñará un plan de ahorro para el deudor. El dinero ahorrado servirá para liquidar el monto acordado para saldar el adeudo.

Si te encuentras en una situación de impago, puedes acudir a una reparadora de crédito como Repara tu Deuda donde sus especialistas en finanzas personales te podrán explicar qué opciones tienes para salir de ese problema de mora y si la Ley de Segunda Oportunidad aplica a tu caso. 

El modelo de negocio de la reparación de crédito implica planes de ahorro diseñados a la medida de cada moroso, de esa manera logran que las personas liquiden todos sus compromisos con sus propios recursos. Como expertos, estos “reparadores” podrán realizar negociaciones con los acreedores con los descuentos negociados que permitan finiquitar el adeudo en mejores condiciones para ambas partes. Hay que aclarar que las reparadoras no prestan dinero ni compran cartera. 

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